Concebimos la organización colegial como la suma de esfuerzos de todos y cada uno de los colegiados, como la suma de esfuerzos de todos y cada uno de los colegios provinciales y de los consejos autonómicos, para crear una gran red que permita recuperar la voz de los secretarios, los interventores y los tesoreros de administración local, que permita recuperar el espíritu de pertenencia a una profesión que es un legado histórico al servicio de los gobiernos locales y de los ciudadanos, al servicio del estado de derecho. Y que permita ofrecer propuestas de futuro para continuar siendo útiles en el nuevo entorno en que las administraciones locales desarrollan su actividad.
Así pues, ofrecemos nuestro compromiso para trabajar en la capacitación de toda la organización colegial, en el impulso y en la dinamización de la red colegial, desde la participación y transparencia. Atenderemos con este compromiso las exigencias de renovación tecnológica que permitan mejorar las herramientas de comunicación entre colegios y colegiados, incrementaremos la capacidad de financiación de las actividades colegiales sin que ello suponga mayor presión sobre las cuotas, ayudaremos a la implantación territorial efectiva de la profesión que representamos y recuperaremos el espacio colegial que nos corresponde.
Funciones de la Asamblea General, conforme al Estatuto particular del Colegio Oficial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local de León.
Artículo 18.– Asamblea General.
La Asamblea General de los colegiados es el órgano supremo de expresión de la voluntad del Colegio. Se rige por los principios de participación igual y democrática de todos los Colegiados. La participación en la Asamblea será personal, pudiendo ser también por representación o delegación, en un miembro de la misma.
Artículo 30.– De la Asamblea General.
Son competencias propias y exclusivas de la Asamblea General:
Funciones de la Junta de Gobierno, conforme al Estatuto particular del Colegio Oficial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local de León.
Artículo 31.– De la Junta de Gobierno.
Corresponden a la Junta de Gobierno:
Funciones de El Presidente, conforme al Estatuto particular del Colegio Oficial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local de León.
Artículo 20.– El Presidente.
El Presidente ostenta la representación legal del Colegio, preside la Asamblea General y la Junta de Gobierno, tiene las atribuciones previstas en el artículo 32 de estos Estatutos.
Artículo 32.– Del Presidente.