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Diario de León: El ILC requerirá funcionarios de carrera en cargos de control.

Diario de León: El ILC requerirá funcionarios de carrera en cargos de control.

 

Diario de León.

El ILC requerirá funcionarios de carrera en los cargos de control

Una sentencia del TSJCyL rechaza que basten licenciados superiores.

31/03/2016

 

MIGUEL ÁNGEL ZAMORA | LEÓN

El Instituto Leonés de Cultura tendrá que elegir a funcionarios con habilitación de carácter estatal para desempeñar las funciones de secretaría y las de control y fiscalización de la gestión económica de acuerdo a una sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León que, a través de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, estimó un recurso del Colegio Territorial de Secretarios Interventores y Tesoreros de León contra el acuerdo de la Diputación Provincial del 28 de mayo de 2014 por el que se aprobaba el estatuto del ILC, en el que se habilitaba para esas funciones a empleados públicos con titulación superior.

El fallo, que obra en poder de este periódico, habilitaba un plazo de diez días para presentar recurso. Concluído el periodo, no consta que se haya presentado tal y según fuentes consultadas por este periódico, la Diputación decidió finalmente acatarlo.

Preceptos impugnados

«A tenor del contenido de los preceptos impugnados, el desempeño de los puestos de trabajo que con carácter general se han de desempeñar por los funcionarios de habilitación estatal a tenor de la regulación establecida en la normativa de aplicación, dichos puestos no pueden ser provistos, como se establece en dichos artículos impugnados, por funcionarios que no tengan tal habilitación», explica la sentencia.

Dos puestos

El consejo rector deberá estar compuesto por un presidente, un vicepresidente, tres o cinco diputados «y dos funcionarios de la Diputación con habilitación de carácter estatal, que asistirán a las reuniones con voz pero sin voto, actuando en el ejercicio de las funciones de fe pública y asesoramiento legal así como las de control y fiscalización interna de la gestión económico-financiera, presupuestaria y la contabilidad del Instituto. No obstante, también podrán desempeñar estas funciones empleados públicos de la Diputación a los que se exija para su ingreso titulación superior».

«La creación de entes instrumentales, como es el del ILC, no puede alterar el régimen legal precedente, pues en este caso a través de este instrumento podría abrirse la posibilidad de alterar el régimen general», dice la sentencia, que obra en poder de este periódico.